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Real Decreto Vigente

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 del Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea. · BOE-A-2015-8338

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-25.

Texto consolidado

1. Este real decreto tiene por objeto regular el procedimiento de gestión y constitución del depósito legal de las publicaciones en línea, con la finalidad de cumplir con el deber de preservar el patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital de las culturas de España en cada momento histórico y permitir el acceso al mismo con fines culturales, de investigación o información, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, así como en la legislación sobre protección de datos y propiedad intelectual.

Las publicaciones en línea forman parte del patrimonio documental y bibliográfico, de conformidad con lo previsto en los artículos 48 y siguientes de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

2. El depósito legal de las publicaciones electrónicas en soporte tangible, incluida la solicitud del número de depósito legal y la constitución del mismo, se regulará por lo establecido por la Ley 23/2011, de 29 de julio, sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas.

3. El depósito de una misma publicación en soporte tangible no exime del depósito de la misma en línea.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-10-25.

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