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Real Decreto Vigente

Artículo 1. Objeto y características.

Artículo 1 del Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial. · BOE-A-2010-8189

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-22.

Texto consolidado

1. Constituye el objeto de este reglamento la regulación del Registro Integrado Industrial.

2. El Registro Integrado Industrial tendrá carácter informativo, será de ámbito estatal, y estará adscrito al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de la Dirección General de Industria de la Secretaría General de Industria.

3. La gestión del registro le corresponderá a la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial, y al frente del mismo estará un jefe de registro, con el nivel que se derive de la relación de puestos de trabajo de dicho Ministerio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-08-22.

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