Artículo 1. Objeto.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-17.
Texto consolidado
El presente real decreto tiene por objeto desarrollar lo dispuesto en la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario, en particular:
a) Determinar el montante económico de facturación por sectores productivos, de acuerdo con el código de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que se requerirá para acceder a la condición de prioritaria.
b) Regular el procedimiento para el reconocimiento de Entidades Asociativas Prioritarias de carácter supra-autonómico.
c) Regular el procedimiento para su inscripción en el Registro Nacional de Entidades Asociativas Prioritarias.
Más artículos de Real Decreto 550/2014
- → Artículo 2. Ámbito del reconocimiento.
- Ver la norma completa: Real Decreto 550/2014, de 27 de junio, por el que se desarrollan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las Entidades Asociativas Prioritarias y para su inscripción y baja en el Registro Nacional de Entidades Asociativas Prioritarias, previsto en la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario.