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Real Decreto Derogada

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 del Real Decreto 542/2016, de 25 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte. · BOE-A-2016-11708

Atención: Real Decreto 542/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Este real decreto tiene por objeto:

1. Establecer disposiciones de aplicación en el Reino de España del Reglamento (CE) n.º 1/2005, del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales vivos durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) n.º 1255/97 en lo relativo a:

a) Autorización y registro de transportistas.

b) Autorización y registro de medios de transporte y contenedores.

c) Documentos de transporte.

d) Formación del personal.

e) Obligaciones de transportistas y otros operadores sobre la protección de los animales durante el transporte y operaciones conexas.

2. Designar los puntos de entrada por los que podrán introducirse vehículos de transporte por carretera de animales vivos de las especies equina, porcina, bovina, ovina y caprina, cargados o vacíos, así como los vehículos de transporte por carretera de piensos, cargados o vacíos, procedentes de determinados terceros países.

3. Establecer disposiciones de aplicación de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, en lo relativo al transporte de animales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-02-09.

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