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Real Decreto Vigente

Artículo 1. Organización general del Departamento.

Artículo 1 del Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo. · BOE-A-2024-10238

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-23.

Texto consolidado

1. El Ministerio de Trabajo y Economía Social es el Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de trabajo y relaciones laborales, de empleo, de trabajo autónomo, de economía social y de responsabilidad social de las empresas.

2. Las competencias atribuidas en este real decreto se entenderán en coordinación y sin perjuicio de aquellas que corresponden a otros Departamentos ministeriales.

3. El Ministerio de Trabajo y Economía Social, bajo la superior dirección de la persona titular del Departamento, desarrolla las funciones que legalmente le corresponden a través de los órganos superiores y directivos siguientes:

a) La Secretaría de Estado de Trabajo.

b) La Secretaría de Estado de Economía Social.

c) La Subsecretaría de Trabajo y Economía Social.

4. Como órgano de asistencia inmediata a la persona titular de la Vicepresidencia Segunda del Gobierno y titular del Departamento existe un Gabinete, con rango de Subsecretaría y una de las personas asesoras, con rango de Dirección General, que tendrá la función de coordinación jurídica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.1 del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

5. Conforme a lo dispuesto en la Ley 21/1991, de 17 de junio, por la que se crea el Consejo Económico y Social, el mismo queda adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-05-23.

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