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Real Decreto Derogada

Artículo 1. Organización general del Departamento.

Artículo 1 del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional. · BOE-A-2020-4764

Atención: Real Decreto 498/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Ministerio de Educación y Formación Profesional es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa y de formación profesional del sistema educativo y para el empleo en los términos previstos en este Real Decreto. Quedan incluidas todas las enseñanzas del sistema educativo, exceptuadas las universitarias.

Asimismo, le corresponde a este Departamento el impulso de las acciones de cooperación, de las relaciones internacionales en materia de educación no universitaria y de formación profesional para el empleo.

2. Las competencias atribuidas en este real decreto se entenderán en coordinación y sin perjuicio de aquellas que corresponden a otros departamentos ministeriales.

3. El Ministerio de Educación y Formación Profesional, bajo la superior dirección de la persona titular del Departamento, desarrolla las funciones que legalmente le corresponden a través de los órganos superiores y directivos siguientes:

a) La Secretaría de Estado de Educación.

b) La Secretaría General de Formación Profesional.

c) La Subsecretaría de Educación y Formación Profesional.

4. Como órgano de apoyo político y técnico a la persona titular del Ministerio existe un Gabinete, con nivel orgánico de Dirección General, con la estructura que fija el artículo 23.2 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-02.

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