Artículo 1. Naturaleza y adscripción orgánica.
Artículo 1 del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes. · BOE-A-2015-6645
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-17.
Texto consolidado
1. El Consejo Superior de Deportes es un organismo autónomo, de los previstos en el artículo 43.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, que ejerce directamente las competencias de la Administración General del Estado en el ámbito del deporte y que está adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
2. Corresponde al Ministro de Educación, Cultura y Deporte la dirección estratégica, la evaluación y el control de los resultados de su actividad, así como el control de eficacia del Organismo, en los términos previstos en los artículos 43 y 51 de la citada Ley 6/1997, de 14 de abril.