Artículo 1. Organización general del Departamento.
Artículo 1 del Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2012-3160
Atención: Real Decreto 452/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Corresponde al Ministerio de Fomento la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en los ámbitos de las infraestructuras de transporte terrestre, aéreo y marítimo, de competencia estatal; de control, ordenación y regulación administrativa de los servicios de transporte correspondientes; de acceso a la vivienda, edificación, urbanismo, suelo y arquitectura, en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado; de ordenación normativa de los servicios postales; de impulso y dirección de los servicios estatales relativos a astronomía, geodesia, geofísica y cartografía; y de planificación y programación de las inversiones relativas a las infraestructuras, materias y servicios mencionados.
2. El Ministerio de Fomento se estructura en los siguientes órganos directamente dependientes del titular del Departamento:
a) La Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, de la que dependen la Secretaría General de Infraestructuras, la Secretaría General de Transporte y la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
b) La Subsecretaría de Fomento.
3. Como órgano de apoyo y asistencia inmediata al titular del Ministerio de Fomento existe un Gabinete, cuyo titular tiene el rango de director general, con la estructura que se establece en el artículo 14 del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
4. Están adscritas al Ministerio de Fomento, a través de su titular, las siguientes entidades y entes públicos::
a) La entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
b) La entidad pública empresarial RENFE-Operadora.
c) La entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).
d) Los entes públicos Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.
Redactado el apartado 1 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 76, de 29 de marzo de 2012. Ref. BOE-A-2012-4324.
Más artículos de Real Decreto 452/2012
- → Artículo 2. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
- Ver la norma completa: Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.