Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 427/2022, de 7 de junio, por el que se establecen las normas de funcionamiento de la Red Contable Agraria Nacional, y se determinan las funciones, la composición y las normas de funcionamiento de su Comité Nacional. · BOE-A-2022-10758
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-19.
Texto consolidado
1. El presente real decreto recoge actualizadas las normas de funcionamiento de la Red Contable Agraria Nacional (RECAN), con vocación de permanencia, y actualiza la composición del Comité Nacional de la RECAN, como órgano colegiado interministerial responsable de la coordinación de todos los trabajos relacionados con la misma. El Comité Nacional de la RECAN se adscribe a la Subsecretaría de Agricultura Pesca y Alimentación.
2. A los efectos del artículo 7 del Reglamento (CE) n.º 1217/2009 del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, por el que se crea una red de información contable agrícola sobre las rentas y la economía de las explotaciones agrícolas en la Comunidad Europea, o de la normativa que lo substituya, se designa a la Subsecretaría de Agricultura Pesca y Alimentación como Órgano de Enlace, con la misión de desarrollar sus funciones de acuerdo a lo señalado en el citado reglamento.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 427/2022, de 7 de junio, por el que se establecen las normas de funcionamiento de la Red Contable Agraria Nacional, y se determinan las funciones, la composición y las normas de funcionamiento de su Comité Nacional.