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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 1. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Artículo 1 del Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2016-10459

Atención: Real Decreto 424/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1. La Dirección General de Política Exterior y de Seguridad.

2. La Dirección General de Naciones Unidas y Derechos Humanos.

3. La Dirección General para el Magreb, Mediterráneo y Oriente Próximo.

4. La Dirección General para África.

5. La Dirección General para América del Norte, Asia y Pacífico.

B) La Secretaría de Estado de Asuntos Europeos, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1. La Dirección General de Integración y Coordinación de Asuntos Generales de la Unión Europea.

2. La Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas Comunitarias.

3. La Dirección General para Europa.

C) La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1. La Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible.

2. La Dirección General para Iberoamérica y el Caribe.

D) La Subsecretaría de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1. La Secretaría General Técnica.

2. La Dirección General del Servicio Exterior.

3. La Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios.

E) Dependen directamente del titular del departamento los siguientes órganos directivos:

1. La Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales.

2. La Dirección General de Comunicación e Información Diplomática, con rango de Dirección General.

3. El Introductor de Embajadores, con consideración y tratamiento de Director General y con rango de Embajador.

2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:

a) La Secretaría General de Cooperación Internacional para el Desarrollo, con rango de Subsecretaría.

b) La Dirección General para el Magreb, África, Mediterráneo y Oriente Próximo.

c) La Dirección General de Coordinación de Políticas Comunes y de Asuntos Generales de la Unión Europea.

d) La Dirección General de Relaciones Bilaterales con Países de la Unión Europea, Países Candidatos y Países del Espacio Económico Europeo.

e) La Dirección General para Iberoamérica.

f) La Dirección General de Medios y Diplomacia Pública.

g) La Oficina de Información Diplomática, con rango de Dirección General.#df

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-07-30.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 768/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales..

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