Artículo 1. Naturaleza y fines.
Artículo 1 del Real Decreto 42/2010, de 15 de enero, por el que se regula la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida. · BOE-A-2010-1705
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-02-05.
Texto consolidado
1. La Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida - en adelante la Comisión- es un órgano colegiado, de carácter permanente y consultivo, dependiente del Ministerio de Sanidad y Política Social, adscrito a la Dirección General de Terapias Avanzadas y Trasplantes, cuyos fines son:
a) Asesorar y orientar sobre la utilización de las técnicas de reproducción humana asistida.
b) Contribuir a la actualización y difusión de los conocimientos científicos y técnicos en esta materia.
c) Elaborar criterios funcionales y estructurales de los centros y servicios donde las técnicas se realizan.