Artículo 1.
Artículo 1 del Real Decreto 405/1992, de 24 de abril, por el que se regula el Estatuto de los Ex Presidentes del Gobierno. · BOE-A-1992-9509
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-05-05.
Texto consolidado
Los Presidentes del Gobierno gozarán, a partir del momento de su cese, de la consideración, atención y apoyo debidos a quienes han desempeñado este cargo.