Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 394/2007, de 31 de marzo, sobre medidas aplicables a los buques en tránsito que realicen descargas contaminantes en aguas marítimas españolas. · BOE-A-2007-7114
Atención: Real Decreto 394/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Este real decreto tiene por objeto la implantación de medidas a adoptar por la Administración marítima española, en colaboración con otros Estados costeros, para evitar la descarga de sustancias contaminantes en aguas marítimas españolas por parte de buques que se hallen en tránsito y la incorporación al ordenamiento interno de lo previsto en los artículos 3 y 7 de la Directiva 2005/35/CE, de 7 de septiembre, del Paramento Europeo y del Consejo, relativa a la contaminación de buques y la introducción de sanciones para las infracciones.