Artículo 1. Naturaleza.
Artículo 1 del Real Decreto 300/2016, de 22 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos. · BOE-A-2016-7604
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-09.
Texto consolidado
1. El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, Corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, agrupa, coordina y representa a todos los Colegios Oficiales de Médicos a nivel estatal.
2. Su domicilio radicará en la capital del Estado, sin perjuicio de poder celebrar reuniones en cualquier otro lugar del territorio español.