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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 1. Ámbito subjetivo.

Artículo 1 del Real Decreto 2665/1998, de 11 de diciembre, por el que se completa el Real Decreto 487/1998, de 27 de marzo, sobre reconocimiento, como cotizados a la Seguridad Social, de los períodos de actividad sacerdotal o religiosa a los sacerdotes y religiosos o religiosas de la Iglesia Católica secularizados. · BOE-A-1999-345

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-23.

Texto consolidado

Lo establecido en el presente Real Decreto será de aplicación a quienes ostentaron la condición de sacerdotes o religiosos y religiosas de la Iglesia Católica y que, en la fecha de 1 de enero de 1997, se hubiesen secularizado o hubiesen cesado en la profesión religiosa.

Véase el art. 3 del Real Decreto 1512/2009, de 2 de octubre, respecto a la ampliación del ámbito subjetivo. Ref. BOE-A-2009-16770.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-10-23.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2009-16770.

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