Artículo 1.
Artículo 1 del Real Decreto 2118/1993, de 3 de diciembre, por el que se dispone la ampliación del censo electoral a los extranjeros nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, residentes en España. · BOE-A-1993-28965
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-12-04.
Texto consolidado
La Oficina del Censo Electoral procederá a la ampliación del censo electoral a los extranjeros nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, residentes en España, con ocasión de las elecciones al Parlamento Europeo que hayan de celebrarse.