Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 del Real Decreto 205/1996, de 9 de febrero, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina. · BOE-A-1996-4584
Atención: Real Decreto 205/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Este real decreto establece las condiciones mínimas para la identificación y el registro de los animales de la especie porcina.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 947 /2005, de 29 de julio, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina..