Artículo 1. Denominación del Instituto.
Artículo 1 del Real Decreto 1953/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Geológico y Minero de España. · BOE-A-2000-21834
Atención: Real Decreto 1953/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Instituto Tecnológico Geominero de España pasa a denominarse Instituto Geológico y Minero de España.