El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada 5 redacciones

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 del Real Decreto 1911/2000, de 24 de noviembre, por el que se regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles. · BOE-A-2000-21339

Atención: Real Decreto 1911/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El presente Real Decreto tiene por objeto regular la destrucción de los materiales especificados de riesgo de las especies bovina, ovina y caprina en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles.

2. A los efectos de este real decreto, se entiende por material especificado de riesgo los tejidos que se establecen en el anexo V del Reglamento (CE) n.º 999/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes.

3. Cuando los materiales especificados de riesgo no se hayan extraído de animales muertos, las partes del cadáver que contengan los materiales especificados de riesgo, o el cadáver entero, se tratarán como materiales especificados de riesgo.

Téngase en cuenta para su aplicación la disposición final 5.3.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-05-23.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-5398.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Real Decreto 1911/2000

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1911/2000 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.