Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de la Defensa. · BOE-A-2008-3177
Atención: Real Decreto 187/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El objeto de este real decreto es regular el procedimiento y las condiciones para la integración voluntaria en la condición de personal estatutario de los servicios de salud del personal comprendido en el ámbito subjetivo de aplicación definido en el artículo 2.