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Real Decreto Vigente

Artículo 1.

Artículo 1 del Real Decreto 1691/1995, de 20 de octubre, por el que se adecuan las cuantías de las pensiones anejas a las medallas y cruces de la Orden del Mérito Policial y del Cuerpo de la Guardia Civil a la realidad policial y a los actuales conceptos retributivos. · BOE-A-1995-24263

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-11-10.

Texto consolidado

Las pensiones anejas a las medallas y a la cruz de la Orden del Mérito Policial enumeradas en el artículo 1 de la Ley 5/1964, de 29 de abril, y a las cruces de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, a que se refiere el artículo 2 de la Ley 19/1976, de 29 de mayo, se devengarán, según el grupo de clasificación a que pertenezcan sus titulares en cada momento, en las siguientes cuantías anuales, referidas a doce mensualidades y sin derecho a pagas extraordinarias.

A) Orden del Mérito Policial

1.ª Medalla de oro

Importe

Pesetas

Por trienio reconocido

en cada grupo

Pesetas

Grupo A

411.312

15.792

Grupo B

349.080

12.636

Grupo C

260.220

9.480

Grupo D

260.220

6.324

Grupo E

260.220

4.752

2.ª Medalla de plata

Importe

Pesetas

Por trienio reconocido

en cada grupo

Pesetas

Grupo A

308.484

11.844

Grupo B

261.816

9.468

Grupo C

195.156

7.116

Grupo D

195.156

4.752

Grupo E

195.156

3.564

3.ª Medalla con distintivo rojo

Importe

Pesetas

Por trienio reconocido

en cada grupo

Pesetas

Grupo A

205.656

7.896

Grupo B

174.540

6.312

Grupo C

130.104

4.740

Grupo D

130.104

3.156

Grupo E

130.104

2.376

La Cruz con distintivo blanco no lleva aparejada pensión.

B) Orden del Mérito de la Guardia Civil

1.ª Cruz de oro

Importe

Pesetas

Por trienio reconocido

en cada grupo

Pesetas

Grupo A

411.312

15.792

Grupo B

349.080

12.636

Grupo C

260.220

9.480

Grupo D

260.220

6.324

Grupo E

260.220

4.752

2.ª Cruz con distintivo rojo.

Importe

Pesetas

Por trienio reconocido

en cada grupo

Pesetas

Grupo A

308.484

11.844

Grupo B

261.816

9.468

Grupo C

195.156

7.116

Grupo D

195.156

4.752

Grupo E

195.156

3.564

La Cruz de plata y la Cruz con distintivo blanco no llevan aparejada pensión.

Redactado conforme a la corrección de erratas pulicada en BOE núm. 277, de 20 de noviembre de 1995. Ref. BOE-A-1995-25110.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-11-10.

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