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Real Decreto Derogada

Artículo 1. Definición.

Artículo 1 del Real Decreto 1636/2006, de 29 de diciembre, por el que se crea el Museo Nacional de Arquitectura y Urbanismo. · BOE-A-2007-410

Atención: Real Decreto 1636/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se crea, con el carácter de titularidad y gestión estatal, el Museo Nacional de Arquitectura y Urbanismo adscrito al Ministerio de Vivienda.

2. El Museo Nacional de Arquitectura y Urbanismo tiene la finalidad de investigar y difundir la aportación de la arquitectura y del urbanismo a la cultura española, así como conservar sus testimonios, a cuyo efecto se le atribuyen las funciones establecidas en el artículo 2.

3. El Museo Nacional de Arquitectura y Urbanismo tendrá dos sedes dedicadas, respectivamente a la arquitectura y al urbanismo, así como un Centro de Documentación. La sede dedicada a la arquitectura se ubica en la ciudad de Salamanca, en tanto que la sede dedicada al urbanismo está situada en la ciudad de Barcelona.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-11.

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