El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 1. Organización y dependencia.

Artículo 1 del Real Decreto 1456/2005, de 2 de diciembre, por el que se regulan las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio. · BOE-A-2005-20554

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

Texto consolidado

Las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio son servicios periféricos de la Administración General del Estado, dependientes orgánica y funcionalmente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio que establece sus objetivos de actuación y funcionamiento, a través de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio.

Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior, corresponde al Delegado del Gobierno, en los términos previstos en el artículo 22 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la dirección y supervisión de estos servicios, así como su coordinación con el resto de los servicios de la Administración General del Estado en el territorio de la respectiva comunidad autónoma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

Más artículos de Real Decreto 1456/2005

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1456/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.