Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 1 del Real Decreto 1313/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación del material de multiplicación de hongos cultivados. · BOE-A-2005-19085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-11-22.
Texto consolidado
Este reglamento se aplica a la producción y comercialización del material de multiplicación de las especies que se citan a continuación, que se utilicen directa o indirectamente para la producción de hongos mediante cultivo, así como los híbridos intergenéricos, interespecíficos o intervarietales que puedan tener la misma utilización:
Nombre botánico
Nombre común
Agaricus bisporus, Agaricus bitorquis, Agaricus sp.
Champiñón.
Pleurotus ostreatus.
Seta de ostra.
Lepista nuda.
Pie azul.
Lentinula edades.
Shiitake.
Pleurotus eringii.
Seta de cardo.
Pholliota cylindraea (sin. Agrocybe aegerita).
Seta de chopo.