Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 1201/1999, de 9 de julio, por el que se establece el programa nacional de erradicación y control del fuego bacteriano de las rosáceas. · BOE-A-1999-16747
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-31.
Texto consolidado
1. El presente Real Decreto establece el programa de erradicación y control de la enfermedad de los vegetales conocida como «fuego bacteriano», provocada por la bacteria «Erwinia amylovora» (Burril) Winslow et al., de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1190/1998, de 12 de junio, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación o control de organismos nocivos de los vegetales aún no establecidos en el territorio nacional.
2. Se declaran de utilidad pública las medidas adoptadas en el mismo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2005-21533.