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Real Decreto Derogada

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 del Real Decreto 1083/2009, de 3 de julio, por el que se regula la memoria del análisis de impacto normativo. · BOE-A-2009-11930

Atención: Real Decreto 1083/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El presente real decreto tiene por objeto desarrollar las previsiones contenidas en los artículos 22.2 y 24.1.a) y 24.1.b), párrafo segundo, de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

2. Las memorias, estudios e informes que se contemplan en los artículos a que se refiere el apartado anterior se incluirán en un único documento que se denominará «Memoria del análisis de impacto normativo», que deberá redactar el órgano o centro directivo proponente del proyecto normativo de forma simultánea a la elaboración de este.

3. No es objeto del presente real decreto la regulación de los informes preceptivos que sobre los anteproyectos y proyectos deben elaborar las Secretarías Generales Técnicas, ni las otras consultas, dictámenes o informes previstos en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, que se puedan recabar a lo largo del procedimiento de elaboración de la norma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-01-01.

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