Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 1073/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas y se fijan sus enseñanzas mínimas. · BOE-A-2012-10865
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-16.
Texto consolidado
1. El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.
2. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación del título de Técnico en Buceo de Media Profundidad, contenida en el Real Decreto 727/1994, de 22 de abril.