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Real Decreto Vigente

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 del Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, de creación de treinta y tres unidades judiciales COVID-19 correspondientes a la programación de 2020. · BOE-A-2020-15393

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-03.

Texto consolidado

Este real decreto tiene como objeto:

a) Contribuir a agilizar y acelerar la reactivación de la actividad judicial ordinaria y concretar y adecuar la planta judicial a las necesidades existentes, mediante la creación y constitución de treinta y tres unidades judiciales COVID-19, consistentes en treinta juzgados y en tres plazas de Magistrado/a en órganos colegiados.

b) Transformar los Juzgados de Primera Instancia número 4 de Huelva, número 4 de Jaén y número 3 de Albacete y el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Toledo, en funcionamiento y que actualmente compatibilizan la materia de lo Mercantil, en Juzgados de lo Mercantil número 1 de Huelva, número 1 de Jaén, número 1 de Albacete y número 1 de Toledo, y como consecuencia de la transformación realizada, y con la finalidad de evitar disfunciones en su funcionamiento, modificar el número y la denominación de los Juzgados de Primera Instancia de Huelva, Jaén y Albacete y de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Toledo desde la fecha de efectividad de la transformación.

c) Modificar la planta judicial prevista en los anexos III, V, VI, IX, y XII de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-12-03.

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