Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 1043/2003, de 1 de agosto, por el que se establecen determinadas medidas de seguridad para la utilización de artefactos náuticos de recreo autopropulsados. · BOE-A-2003-15477
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-08-03.
Texto consolidado
Este real decreto tiene por objeto determinar la edad mínima exigida para el gobierno de artefactos náuticos de recreo autopropulsados y sus condiciones de navegación, así como establecer las medidas de seguridad en su utilización en aguas marítimas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción.