Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Orden UNI/1231/2021, de 5 de noviembre, por la que se aprueba la política de seguridad de la información en el ámbito de la administración electrónica y de protección de datos y se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Universidades. · BOE-A-2021-18486
Atención: Orden UNI/1231/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El objeto de esta orden es establecer la política de protección de datos y de seguridad de la información (en adelante PPDSI) y la creación de la Comisión Ministerial de Administración Digital (en adelante CMAD) del Ministerio de Universidades.
2. La PPDSI se aplicará a todos los sistemas de información y a todas las actividades de tratamiento de datos de carácter personal de los que sea responsable el Ministerio de Universidades.
3. La PPDSI será de obligado cumplimiento para todos los órganos superiores y directivos del Ministerio, incluidos los organismos públicos vinculados o dependientes del departamento, que no tengan establecida su propia política de seguridad. En aquellos organismos que tengan su propia política de seguridad prevalecerá, en caso de discrepancia, la definida en esta orden ministerial.
4. La PPDSI será de obligado cumplimiento para todo el personal que acceda, tanto a los sistemas de información, como a la propia información de la que es responsable el departamento y sus organismos públicos adscritos, con independencia de cuál sea su destino, adscripción o relación con el mismo.
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