Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Orden TED/1416/2023, de 26 de diciembre, por la que se aprueba la propuesta para la inclusión de seis espacios marinos protegidos en la lista de lugares de importancia comunitaria de la Red Natura 2000 y se declaran dos zonas de especial protección para las aves en aguas marinas españolas. · BOE-A-2023-26741
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-31.
Texto consolidado
El objeto de esta orden es:
a) Aprobar la propuesta a la Comisión Europea de los espacios de la Red Natura 2000 marina referidos en el artículo 3 para su aprobación como Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) de la Red Natura 2000, mediante su inclusión en las respectivas listas biogeográficas de LIC de la Unión Europea; todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
b) Declarar las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) referidas en el artículo 4 de esta orden, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
c) Adecuar los límites de espacios de la Red Natura 2000 marinos existentes para evitar el solape que generarían las propuestas y declaraciones de espacios de esta orden, suprimiéndose algunos de estos espacios, conforme a lo establecido en el artículo 5.
d) Ampliar hasta la línea de costa frente al municipio Ca l’Arana la ZEPA ES0000513 Espacio Marino del Baix Llobregat, declarada por la Orden AAA/1260/2014, de 9 de julio, por la que se declaran Zonas de Especial Protección para las Aves en aguas marinas españolas.
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- → Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Ver la norma completa: Orden TED/1416/2023, de 26 de diciembre, por la que se aprueba la propuesta para la inclusión de seis espacios marinos protegidos en la lista de lugares de importancia comunitaria de la Red Natura 2000 y se declaran dos zonas de especial protección para las aves en aguas marinas españolas.