Artículo 1. Objeto.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-14.
Texto consolidado
Constituye el objeto de esta orden:
1. La fijación de los valores de la retribución a la operación correspondientes al segundo semestre natural del año 2018 resultantes de la aplicación de la Orden IET/1345/2015, de 2 de julio, por la que se establece la metodología de actualización de la retribución a la operación de las instalaciones con régimen retributivo específico.
2. La aprobación de nuevas instalaciones tipo, así como el establecimiento de sus parámetros retributivos que serán de aplicación al segundo semiperiodo regulatorio definido según lo dispuesto en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Para estas nuevas instalaciones tipo, se define la equivalencia entre la categoría, grupo y subgrupo definidos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, y la nueva categoría, grupo y subgrupo establecidos en el citado real decreto, fijando para estos últimos las nuevas instalaciones tipo y sus códigos correspondientes a efectos de la determinación del régimen retributivo aplicable.
Más artículos de Orden TEC/427/2019
- → Artículo 2. Actualización de la retribución a la operación para el segundo semestre de 2018.
- Ver la norma completa: Orden TEC/427/2019, de 5 de abril, por la que se establecen los valores de la retribución a la operación correspondientes al segundo semestre natural del año 2018 y por la que se aprueban instalaciones tipo y se establecen sus correspondientes parámetros retributivos, aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.