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Orden Derogada

Artículo 1. Naturaleza.

Artículo 1 de la Orden SCO/1840/2002, de 1 de julio, por la que se publican los Estatutos Provisionales del Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales. · BOE-A-2002-14421

Atención: Orden SCO/1840/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales de España es el órgano coordinador y representativo, tanto en el ámbito nacional como internacional, de los Colegios Profesionales de Protésicos Dentales existentes en España.

2. El Consejo General tiene la condición de Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, de acuerdo con la Ley de Colegios Profesionales.

3. El domicilio del Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales de España radicará en la capital de España temporalmente, sin perjuicio de que pueda cambiar y que se puedan celebrar reuniones en cualquier otro lugar del territorio español.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-19.

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