Artículo 1. Departamentos.
Artículo 1 de la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias. · BOE-A-2007-21228
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-08.
Texto consolidado
1. Se integran en la organización central de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con dependencia directa de la Dirección General de la Agencia, los siguientes Departamentos, todos ellos con rango de dirección general:
a) Departamento de Gestión Tributaria.
b) Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
c) Departamento de Recaudación.
d) Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.
e) Departamento de Informática Tributaria.
f) Departamento de Recursos Humanos.
2. A los efectos de esta Orden, la expresión «Agencia» se refiere a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-10791.