Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Orden PJC/783/2025, de 21 de julio, por la que se determinan los límites de la relación entre las vacantes previstas y el número de evaluados para cada ciclo de ascensos, en la Guardia Civil, durante el periodo de vigencia de la plantilla reglamentaria 2025/2029. · BOE-A-2025-15291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-24.
Texto consolidado
Esta orden tiene por objeto establecer los límites máximo y mínimo de la relación entre las vacantes previstas y el número de evaluados para el ascenso en cada ciclo por los sistemas de elección y clasificación en la Guardia Civil, durante el período de vigencia de la plantilla reglamentaria 2025-2029, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo III del Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 512/2017, de 22 de mayo (en adelante, el Reglamento).
Más artículos de Orden PJC/783/2025
- → Artículo 2. Determinación del número de vacantes previstas para el ascenso en cada ciclo.
- Ver la norma completa: Orden PJC/783/2025, de 21 de julio, por la que se determinan los límites de la relación entre las vacantes previstas y el número de evaluados para cada ciclo de ascensos, en la Guardia Civil, durante el periodo de vigencia de la plantilla reglamentaria 2025/2029.