Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Orden JUS/188/2016, de 18 de febrero, por la que se determina el ámbito de actuación y la entrada en funcionamiento operativo de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos y la apertura de su cuenta de depósitos y consignaciones. · BOE-A-2016-1735
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-02-21.
Texto consolidado
El objeto de esta orden ministerial es establecer el ámbito de actuación y funcionamiento operativo de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, así como la apertura de la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Oficina.