Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-17.
Texto consolidado
La presente Orden será de aplicación a las entidades referidas en los párrafos tercero y quinto de la Disposición adicional novena de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, que deban aplicar el Plan General de Contabilidad de la empresa española y sus adaptaciones (en adelante entidades).
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-10474.
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