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Orden Vigente

Artículo 1. Delegación de competencias sobre asuntos propios de las Secretarías de Estado.

Artículo 1 de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias. · BOE-A-2012-8346

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-22.

Texto consolidado

Se delega en los titulares de las Secretarías de Estado de Hacienda, de Presupuestos y Gastos, y de Administraciones Públicas la resolución de los expedientes y asuntos propios de la competencia de los centros directivos dependientes o adscritos a los mismos y cuya decisión o autorización esté atribuida al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas por el ordenamiento jurídico, con las siguientes excepciones:

a) Los expedientes que den lugar a la concesión de créditos extraordinarios o suplementos de crédito o cualquier alteración de los consignados en los Presupuestos Generales del Estado.

b) Las atribuciones que expresamente se deleguen en otros órganos del departamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-06-22.

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