Artículo 1. Aprobación y forma de presentación del modelo 763.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-09.
Texto consolidado
1. Se aprueba el modelo 763, «Autoliquidación del Impuesto sobre actividades de juego en los supuestos de actividades anuales o plurianuales» que figura como anexo I de la presente Orden y que deberá ser presentado por las entidades que operen, organicen o desarrollen tales actividades.
El citado modelo estará disponible exclusivamente en formato electrónico.
El número de justificante que habrá de figurar en el mismo será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 763.
2. La presentación del modelo 763 deberá realizarse, obligatoriamente, por vía telemática, de acuerdo con las condiciones generales y el procedimiento establecido en los artículos 2 y 3 de esta Orden.
Más artículos de Orden EHA/1881/2011
- → Artículo 2. Condiciones generales para la presentación telemática del modelo 763.
- Ver la norma completa: Orden EHA/1881/2011, de 5 de julio, por la que se aprueba el modelo 763 de autoliquidación del Impuesto sobre actividades de juego en los supuestos de actividades anuales o plurianuales, se determina la forma y plazos de su presentación y se regulan las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática y se modifica la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.