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Orden Vigente

Artículo 1. Objeto, fines y sede.

Artículo 1 de la Orden CUL/3355/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de la Compañía Nacional de Teatro Clásico, como centro de creación artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. · BOE-A-2010-20013

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-30.

Texto consolidado

1. Constituye objeto del presente Estatuto regular los objetivos, organización y funciones de la Compañía Nacional de Teatro Clásico, centro de creación artística del INAEM, Organismo autónomo del Ministerio de Cultura. La CNTC tiene como misión recuperar, conservar, revisar y difundir el patrimonio teatral español anterior al siglo XX, con especial atención al Siglo de Oro, pudiendo abordar, asimismo, de manera ocasional, el repertorio clásico universal.

2. Estos fines se fundamentan en la investigación, estudio y reinterpretación de nuestra tradición teatral, así como en la búsqueda de la formación especializada en la representación de los clásicos, en la que ocupará un lugar destacado la prosodia del verso clásico. De este modo, la CNTC, como compañía de repertorio, garantizará la divulgación del teatro clásico español, tomando como eje fundamental de su programación el teatro barroco español, e impulsará su difusión nacional e internacional, en un marco de plena autonomía artística y creativa.

3. La CNTC tiene su sede permanente en el Teatro de la Comedia, en Madrid, siendo su ámbito natural de actuación el conjunto del Estado español.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-12-30.

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