Artículo 1. Objeto, fines y sede.
Artículo 1 de la Orden CUL/2039/2011, de 13 de julio, por la que se aprueba el Estatuto del Centro Dramático Nacional, como centro de creación artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. · BOE-A-2011-12505
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-21.
Texto consolidado
1. Constituye objeto del presente Estatuto regular los objetivos, organización y funciones del CDN, centro de creación artística del INAEM, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura.
2. El CDN tiene como fines la promoción, revisión y difusión del teatro español contemporáneo en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado, la divulgación del repertorio dramático universal y el impulso y desarrollo de los lenguajes escénicos actuales. Para ello contará con la colaboración de creadores de todas las disciplinas escénicas.
3. El CDN tiene su sede permanente en el Teatro María Guerrero, en Madrid, siendo su ámbito natural de actuación el conjunto del Estado español. El INAEM podrá poner a disposición del CDN otras instalaciones de creación y exhibición con objeto de cumplir, de la manera más adecuada, los objetivos previstos en este Estatuto.
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