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Orden Vigente

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 de la Orden CUL/1772/2011, de 21 de junio, por la que se establecen los procedimientos para el cómputo de espectadores de las películas cinematográficas, así como las obligaciones, requisitos y funcionalidades técnicas de los programas informáticos a efectos del control de asistencia y rendimiento de las obras cinematográficas en las salas de exhibición. · BOE-A-2011-11110

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-29.

Texto consolidado

1. Esta orden establece los procedimientos que deberán cumplir los titulares de las salas de exhibición cinematográfica a los efectos del cumplimiento de sus obligaciones del control de asistencia de espectadores y declaración de rendimientos, con el fin de servir de soporte a la actuación administrativa, a la función estadística y al ejercicio de derechos legítimos de los particulares, por sí mismos o a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual.

2. Asimismo, establece los procedimientos para realizar el cómputo de los espectadores que sirva de módulo a los efectos del cálculo de las ayudas para la amortización de largometrajes reguladas en el capítulo III, sección 3ª, subsección 5ª de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, a través de los siguientes medios de difusión:

a) Salas de exhibición cinematográfica.

b) Accesos remunerados al visionado de una película a través de Internet y otras redes de comunicaciones electrónicas, mediante sistemas de acceso a películas basados en la demanda del espectador.

c) Accesos individuales mediante pago a proyecciones cinematográficas de una película que se desarrollen en el marco de festivales y certámenes celebrados en España.

d) Operaciones de venta al por menor a precio de mercado de un soporte físico que contenga una película.

e) Operaciones minoristas de arrendamiento remunerado a precio de mercado de un soporte físico que contenga una película.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-06-29.

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