Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Orden APM/205/2018, de 22 de febrero, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el aceite usado procesado procedente del tratamiento de aceites usados para su uso como combustible deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. · BOE-A-2018-2980
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-03.
Texto consolidado
1. Esta orden tiene por objeto establecer los criterios para determinar cuándo el aceite usado procesado obtenido del tratamiento de aceites usados para su uso como combustible deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
El aceite usado procesado que no cumpla lo establecido en esta orden tendrá la consideración de residuo y se valorizará o eliminará de acuerdo con la citada ley y, en su caso, con el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación
2. Los criterios establecidos en esta orden son de aplicación en todo el territorio del Estado.
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