Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Orden APA/511/2019, de 26 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica para titulados universitarios, en distintas materias del ámbito del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus Organismos Autónomos. · BOE-A-2019-6807
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-31.
Texto consolidado
El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, de acuerdo con lo establecido por los artículos 8 y 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de becas de formación práctica para titulados universitarios para la realización de actividades prácticas en las siguientes áreas de conocimiento:
a) Estadísticas agroalimentarias, pesqueras y de desarrollo rural.
b) Industria alimentaria.
c) Gestión pública, economía financiera y tecnologías de la información, relacionados con la política agrícola común (PAC) y su financiación.
d) Sanidad de la producción agraria.
e) Producciones y mercados agrarios.
f) Pesca y acuicultura.
g) Desarrollo rural, innovación y formación agroalimentaria.
h) Seguros agrarios.
i) Análisis y prospectiva agroalimentaria, rural, forestal y pesquera.
j) Mejora del funcionamiento de la cadena alimentaria.
k) Gestión documental y archivos.
l) Gestión bibliográfica y bibliotecas públicas.
m) Recursos y relaciones jurisdiccionales.
Se añaden las letras k) y l) por el art. único.1 de la Orden APA/1320/2021, de 21 de noviembre. Ref. BOE-A-2021-19771
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-24395.
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