Artículo 1. Creación de la División de Laboratorios de Sanidad de la Producción Agraria.
Artículo 1 de la Orden APA/219/2021, de 8 de marzo, por la que se crea la División de Laboratorios de Sanidad de la Producción Agraria. · BOE-A-2021-3763
Atención: Orden APA/219/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se crea, conforme el artículo 59.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la División de Laboratorios de Sanidad de la Producción Agraria como órgano adscrito a la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria y dotado de las funciones señaladas en el artículo 2.
Al frente de la División existirá un Jefe de ésta, con el nivel que determine la relación de puestos de trabajo.