Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Orden APA/201/2023, de 26 de febrero, por la que se establece un plan de gestión para la pesca de la langosta («palinurus spp») en las aguas exteriores adyacentes a las Illes Balears. · BOE-A-2023-5572
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-03.
Texto consolidado
1. La presente orden tiene por objeto establecer un plan de gestión para la pesca de la langosta (Palinurus spp.) en las aguas exteriores adyacentes a las Illes Balears.
2. La presente orden será de aplicación a los buques españoles que faenen en las aguas exteriores adyacentes a las Illes Balears, hasta las 24 millas náuticas desde las líneas de base rectas en la costa del archipiélago.