Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Orden AAA/88/2015, de 29 de enero, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul. · BOE-A-2015-849
Atención: Orden AAA/88/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El objeto de la presente orden es establecer medidas específicas de protección contra la lengua azul, de aplicación a todo el territorio nacional.