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Ley Foral Derogada

Artículo 1. Objeto y finalidad.

Artículo 1 de la Ley Foral 3/2011, de 17 de marzo, sobre custodia de los hijos en los casos de ruptura de la convivencia de los padres. · BOE-A-2011-6554

Atención: Ley Foral 3/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La presente Ley Foral tiene por objeto regular el régimen de la guarda y custodia de los hijos menores de edad en el supuesto de ruptura de la convivencia de sus padres.

2. La finalidad de la Ley Foral es adoptar las medidas necesarias para que la decisión que se adopte sobre la custodia de los hijos menores atienda al interés superior de los mismos y a la igualdad de los progenitores, y facilitar el acuerdo de estos a través de la mediación familiar.

3. A los efectos previstos en el apartado anterior, se facilitará el acuerdo entre los padres a través de la mediación familiar, contemplada en esta Ley Foral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-06-28.

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