Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente. · BOE-A-2005-1576
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-03-01.
Texto consolidado
El objeto de la presente Ley Foral es la regulación del Gobierno de Navarra y de su Presidente, Instituciones Forales de Navarra, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra; así como la de su iniciativa legislativa y potestad normativa.