Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.
Artículo 1 de la Ley Foral 13/2002, de 31 de mayo, de Creación del Colegio Oficial de Podólogos de Navarra. · BOE-A-2002-12607
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-08.
Texto consolidado
1. Se crea el Colegio Oficial de Podólogos de la Comunidad Foral de Navarra como Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus funciones.
2. El colegio profesional tendrá personalidad jurídica desde la entrada en vigor de la presente Ley Foral y capacidad de obrar desde la constitución de los órganos de gobierno.